SITUACION DE GASTOS DE CAMPAÑA Y PRECAMPAÑA.
EN LO REFERENTE A LA RENOVACION DE DIRIGENCIAS, SERA HASTA EL PROXIMO CONGRESO ESTATAL ORDINARIO.
DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL CAP. XV DE LOS ESTATUTOS DEL PT.
Artículo 58. El Congreso Estatal o del Distrito Federal se reunirá cada tres años en forma ordinaria y renovará sus Órganos de Dirección y demás Órganos Estatales o del Distrito Federal cada seis años.