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PT mantiene su registro; TEPJF revoca resolución del INE

En sesión pública celebrada, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó lo dicho por la Junta General del Instituto Nacional Electoral con respecto a que el Partido del Trabajo habría perdido su registro al no obtener al menos el 3% de la votación necesaria derivado de los comicios celebrados el pasado 7 de junio.

Con lo anterior, el Partido del Trabajo gana su primera batalla en contra del órgano electoral nacional cuya consiga es desaparecer al PT y queda demostrado que el tema de la pérdida de registro no es un tema de votos, sino político.

La Sala Superior hizo justicia política pues revoca lo dicho por la Junta Nacional, cuando este órgano no está facultado para determinar “si tenemos registro o no”.

Con esta resolución se restituyen los derechos políticos del PT y deja sin efectos jurídicos la declaratoria de pérdida de registro del Partido del Trabajo hecha por la Junta General Ejecutiva, así como su publicación en el Diario Oficial de la Federación del pasado ocho de septiembre.

Al mismo tiempo se deja sin efectos jurídicos todos los actos administrativos realizados en ejecución o como consecuencia de la emisión de la resolución reclamada y por tanto, la Junta General Ejecutiva deberá emitir una nueva declaratoria en relación con el registro del Partido del Trabajo, limitándose a señalar la actualización o no del supuesto normativo correspondiente, fundada en los resultados de los cómputos y declaración de validez respectivas de los consejos del Instituto Nacional Electoral, así como en las resoluciones emitidas por las salas de este Tribunal Electoral, y elaborar el proyecto de resolución correspondiente.

Es también importante señalar que tanto la declaratoria como el proyecto de resolución que elabore la Junta General Ejecutiva se pondrán a consideración del Consejo General y este a a su vez emitirá la resolución que en Derecho corresponda en relación con el registro del Partido del Trabajo como partido político nacional, para lo cual deberá considerar lo previsto en los artículos 41, Base I, 51, 52 y 53, de la Constitución General de la República, en el sentido de:

– El partido político nacional que no obtenga, al menos, el tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o de las Cámaras del Congreso de la Unión, le será cancelado el registro.

– La Cámara de Diputados se compondrá de representantes de la Nación, electos en su totalidad cada tres años.

– La Cámara de Diputados estará integrada por 300 diputados electos según el principio de votación mayoritaria relativa, mediante el sistema de distritos electorales uninominales, y 200 diputados que serán electos según el principio de representación proporcional.

– La demarcación territorial de los 300 distritos electorales uninominales será la que resulte de dividir la población total del país entre los distritos señalados. La distribución de los distritos electorales uninominales entre las entidades federativas se hará teniendo en cuenta el último censo general de población, sin que en ningún caso la representación de un Estado pueda ser menor de dos diputados de mayoría.

Se vincula al Consejo General, Junta General Ejecutiva, así como a todos los órganos del Instituto Nacional Electoral, así como a los organismos públicos locales al cumplimiento de la presente ejecutoria.

El ordenamiento que hiciera el TEPJF debe recibir respuesta por parte del Consejo General del Instituto General del INE el día de hoy, pues el plazo es de 24 horas, es así que durante este día se estarán conociendo los resolutivos para proseguir con la defensa del registro nacional que Sandoval Flores expresa “está dando frutos y estamos agradecidos con la Sala Superior por hacer justicia política”.

Con esto queda demostrado que desde el pasado 7 de junio no son coincidencias las dos caídas de sistema que suman una “pérdida” de poco más de 63 mil votos y al final de las cuentas hechas por el INE el PT queda con un porcentaje del 2.98% de la votación obtenida que en palabras de expertos matemáticamente era “casi imposible” y por semanas tanto medios de comunicación como actores diversos de la política nacional dieron por perdido el registro petista.

Este es un buen augurio y representa una verdadera intención del TEPJF de corregir el rumbo y hacer prevalecer la justicia por encima de la consigna nacional para desaparecer el logo petista rumbo a los comicios de 2018.

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